jueves, 31 de octubre de 2013

EL INE CONFIRMA QUE ESPAÑA SALE DE LA RECESION


El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha certificado lo que ya adelantó el Banco de España la semana pasada: que España ya ha salido de la recesión técnica tras crecer su PIB un 0,1% en el tercer trimestre, según el avance de datos de Contabilidad Nacional Trimestral publicado por el organismo estadístico, que sitúa la contracción interanual del PIB en el 1,2%.
Con el crecimiento trimestral del 0,1% registrado entre julio y septiembre, la economía española entra en positivo tras nueve trimestres de contracción y dice adiós a la recesión más larga de la etapa democrática.
A lo largo de la crisis, España ha entrado dos veces en recesión. En el tercer trimestre de 2008, por primera vez en 15 años, la economía entró en recesión y salió de ella en el primer trimestre de2010. La alegría duró poco y la economía española volvió a mostrar tasas negativas a partir del segundo trimestre de 2011, entrando de nuevo en recesión en el tercer trimestre de ese mismo año. Dos años y medio después, el Banco de España y el INE han confirmado que la recesión técnica ha finalizado.

nueva normativa contable

Fondos de activos bancarios
Ha sido aprobada y publicada la Circular 6/2013, de 25 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre normas contables, cuentas anuales, estados financieros públicos y estados reservados de información estadística de los Fondos de Activos Bancarios, la cual desarrolla únicamente el contenido y formato de las obligaciones de información financiera y contable que establece el Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, en sus artículos 41 a 46.
La adaptación normativa en materia contable de los  Fondos de Activos Bancarios (FAB) se ha abordado en esta Circular considerando su naturaleza e idiosincrasia legal y operativa y teniendo en cuenta los principios y normas contables contenidos en el Código de Comercio y en el Plan General de Contabilidad. Por tanto, esta Circular no recoge aquellos desarrollos normativos contables que ya están previstos por el PGC y para los que no se ha considerado necesario establecer adaptación alguna, sino únicamente aquellos tratamientos contables que los FAB deben aplicar a aquellas transacciones y sucesos que, por su especificidad, no se contemplan o abordan con suficiente detalle en los correspondientes desarrollos reglamentarios de la legislación mercantil.
Principio de empresa en funcionamiento
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en virtud de la habilitación concedida por la disposición final tercera del Real Decreto 1514/2007, de 15 de noviembre, ha elaborado la Resolución sobre el marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento, la cual ha sido ya publicada en el BOE.
El Plan General De Contabilidad (PGC) establece, en su Marco Conceptual de la Contabilidad (MCC), como uno de los principios contables básicos el principio de empresa en funcionamiento, y señala que cuando no resulte de aplicación este principio, en los términos que se determinen en las normas de desarrollo, la empresa aplicará las normas de valoración que resulten más adecuadas para reflejar la imagen fiel de las operaciones tendentes a realizar el activo, cancelar las deudas y, en su caso, repartir el patrimonio resultante, debiendo suministrar en la memoria de las cuentas anuales toda la información significativa sobre los criterios aplicados.
Plan de contabilidad adaptado a las formaciones políticas
Se ha publicado en el  Boletín Oficial del Estado el Plan de Contabilidad adaptado a las Formaciones Políticas, el cual es de aplicación obligatoria para los partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 8/2007 sobre financiación de los partidos políticos. No obstante, no tendrán carácter vinculante los movimientos contables incluidos en la quinta parte del Plan de Contabilidad y los aspectos relativos a numeración y denominación de cuentas incorporadas en la cuarta parte, excepto aquellos que contengan criterios de registro o valoración.
Nuevas instrucciones de contabilidad local
Se han publicado dos nuevas Órdenes por las que se aprueban las nuevas Instrucciones tanto del modelo normal como del modelo simplificado de contabilidad local y se modifica la Instrucción del modelo básico.
La actualización de dichas Instrucciones se ha llevado a cabo fundamentalmente por los tres motivos siguientes:
  • El alcance de las novedades que se incorporan en el Plan General de Contabilidad Pública de 2010 en relación con el del año 2004.
  • La conveniencia de homogeneizar el contenido de la normativa contable de las diferentes administraciones públicas, cuando dicha normativa emana del Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas. Esta homogeneización se traduce en la coherencia de la nueva Instrucción de contabilidad local con la Instrucción de Contabilidad para la Administración General del Estado, aprobada por Orden EHA/3067/2011, de 8 de noviembre, y con la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, aprobada por Orden EHA/2045/2011, de 14 de julio.
  • La eliminación de aquellos contenidos que figuraban en las Instrucciones de contabilidad anteriores que, de alguna forma, ya están desarrollados en el propio Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración local y al Plan de Cuentas Local Simplificado anexos a las Instrucciones.

viernes, 9 de agosto de 2013

EL PROBLEMA DE LA EVASIÓN FISCAL

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda estiman que la economía sumergida supone el 23% del Producto Interior Bruto de la provincia charra, en torno a 573 millones de euros. El sobrecoste fiscal calculado no incluye los impuestos eludidos por las prácticas agresivas de las multinacionales para no tributar por los beneficios de sus operaciones en España


Cada salmantino debe pagar anualmente a Hacienda 1.661,78 euros de más para compensar los impuestos que otros contribuyentes dejan de tributar debido al fraude y la evasión fiscal, por encima de los 1.910,03 estimados para la media de los españoles, según un cálculo de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). El fraude, junto con la evasión, representan una pérdida total de ingresos en la provincia de Salamanca de 573 millones de euros al año. Así, la economía sumergida representa un volumen equivalente al 25 por ciento de su Producto Interior Bruto (PIB).
 
Cabe destacar también que el sobrecoste fiscal calculado por los técnicos de Hacienda no incluye los impuestos eludidos por las prácticas agresivas de las multinacionales para no tributar por los beneficios de sus operaciones en España. Con el objetivo de reducir las bolsas de fraude, Gestha considera que el Consejo Europeo debería acordar esta tarde que el intercambio automático de información se extienda a todos los Estados miembros, incluyendo los dividendos y ganancias de capital, no solo a los salarios, pensiones y seguros previsto para 2015. 
 
También estima necesario acabar con toda la opacidad existente en los fondos de inversión, fondos de pensiones, instrumentos financieros innovadores y los pagos realizados a través de fideicomisos y fundaciones. Para los Técnicos de Hacienda es ineludible acabar con la opacidad y la tributación excesivamente baja de determinados países europeos, así como acordar una base armonizada en el Impuesto de sociedades.
 
Finalmente, Gestha reclama más audacia para evitar la "sangría recaudatoria" de las grandes empresas y propone la creación de un nuevo tipo impositivo del 35 por ciento en el Impuesto de Sociedades para beneficios a partir del millón de euros. Esta última medida permitiría recaudar en España 13.943 millones de euros adicionales al año, además de mejorar la equidad del sistema fiscal al reducir las diferencias entre el menor tipo efectivo de las grandes corporaciones y el mayor de microempresas y pymes, acercando así el esfuerzo fiscal de las empresas al de las familias españolas.

A FECHA DE HOY EL SALARIO MEDIO DE LOS ESPAÑOLES ES

El salario medio descendió hasta los 18.361 euros anuales, según un informe de la Agencia Tributaria, que contabiliza más de 133.000 asalariados en la provincia charra. El 40% de los trabajadores charros tiene un sueldo mileurista, el doble de mujeres que hombres


El debate sobre los salarios vuelve a instalarse en España. Primero fue el Fondo Monetario Internacional (FMI) el que lanzó el globo sonda de que es necesario que el Gobierno reduzca un diez por ciento el sueldo de todos los trabajadores, algo que días después fue respaldado por el comisario económico de la Unión Europea, dando ya tintes de propuesta a una idea inicial. Si el Ejecutivo español cede, cada trabajador salmantino perdería una media de 1.800 euros al año de su salario.

El último año ha aumentado el número de trabajadores salmantinos que son mileuristas, es decir, que cobran 1.000 euros o menos al mes, según un informe de la Agencia Tributaria. Así, de los más de 133.000 asalariados en la actualidad en la provincia charra, 12.000 menos que al inicio de la crisis, cuatro de cada diez no alcanzan el sueldo mensual de mil euros. Además, el salario medio descendió por segundo año consecutivo, hasta los 18.361 euros anuales.
 
El 43% de las mujeres recibieron un salario bruto mensual inferior a 1.218,2 euros, frente al 18% de los varones. Así se refleja en la estadística sobre el Decil de salarios del empleo principal, elaborada por el INE a partir de los datos de la Encuesta de Población Activa. Ese salario de 1.218,2 euros mensuales es el máximo percibido por el 30% de los asalariados españoles, según el informe. En el otro extremo, otro 30% de los asalariados españoles recibió un salario mensual bruto superior a 2.071,8 euros.
 
El estudio revela que los hombres siguen teniendo una mayor concentración relativa en salarios altos que las mujeres, tanto si trabajan a tiempo completo como si lo hacen a tiempo parcial. Los salarios más elevados corresponden a las actividades financieras y de seguros y a suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado. Por su parte, los salarios más bajos se concentran en las actividades de los hogares como empleadores de personal doméstico y en el sector primario (agricultura y ganadería)

viernes, 3 de mayo de 2013

deducción vivienda habitual y alquiler

Hay una serie de deducciones que el contribuyente puede practicar sobre las cantidades satisfechas para la compra de la casa cuando esta se ha producido mediante financiación ajena, es decir, cuando hemos tenido que pedir una hipoteca. En realidad lo que se puede deducir de su base es un porcentaje del pago anual que se realiza a la entidad de crédito y está limitado.



El Gobierno del PP recuperó nada más llegar al poder la deducción por adquisición universal y con carácter retroactivo. Dicho de otra forma, en diciembre de 2011 decidió eliminar el límite de 24.000 euros fijado para poder deducir. Este año por tanto todo el mundo puede desgravar por la compra de una vivienda en el año 2012.

El porcentaje es de un 15% sobre las cantidades aportadas con un límite máximo de 9.040 euros,
lo que a efectos reales arroja una deducción máxima de 1.356 euros. Esto quiere decir que  si en el año hemos pagado más de 9.040 euros para la compra de vivienda, sólo podremos aplicar la deducción hasta esa cantidad.

Entre las cantidades a desgravar se debe incluir el capital amortizado, los intereses satisfechos y los gastos derivados de la financiación, como por ejemplo un seguro de vida ligado a la misma y que la mayoría de bancos obliga a contratar junto con el préstamo hipotecario.

Además, conviene destacar que, debido a que los cambios de la reforma fiscal de 2007 limitaron los beneficios por la compra de vivienda, quienes hayan adquirido su casa en los cuatro años anteriores a enero de 2006 podrán disfrutar de la Compensación fiscal por deducción en adquisición de la vivienda habitual adquirida antes del 20/01/2006.

De esta forma, seguirán beneficiándose de la fiscalidad vigente en el momento de la compra según la cual, los pagos realizados durante los dos primeros años cuentan con una deducción del 25% para los primeros 4.507,59 euros y del 15% la cantidad restante hasta el máximo de 9.015,18 euros.
La Agencia Tributaria tiene una página donde se detallan  todos los requisitos para acogerse a deducciones en caso de inversión en vivienda habitual.

Y si estoy alquilado, ¿tengo derecho a deducción?

Los contribuyentes podrán deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales. No hay límite de edad para aplicar esta deducción por alquiler de vivienda habitual.

La base máxima de esta deducción es de 9.040 euros anuales, cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales. Cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 euros y 24.107,20 euros anuales, la base máxima de la deducción  será el resultado de restar a 9.040 euros esta fórmula: [1,4125 x (Base Imponible - 17.707,20)].

Además, hay que tener en cuenta las deducciones por alquiler de vivienda habitual que ofrece cada Comunidad Autónoma sobre su tramo  de renta. Cada región tiene una regulación específica y en casi todas las comunidades se incentiva la rehabilitación  o el alquiler para jóvenes aunque en algunas regiones se es joven  hasta los 36 años y en otras hasta los 32 años.

Un joven con una renta inferior a 24.000 euros puede desgravarse por su alquiler entre 600 euros y nada en el tramo autonómico de la declaración de la Renta de este año, en función de si paga sus impuestos, por ejemplo, en Canarias o en Castilla-La Mancha. Las normas de cada Comunidad pueden consultarse en el Manual práctico para este año de la AEAT.

jueves, 25 de abril de 2013

TEMAS DIFICILES EN LA DECLARACIÓN

Entre las novedades de la Campaña de la Renta de este año están principalmente la subida del IRPF y los impuestos por las rentas del ahorro, que varían en función del nivel de ingresos, así como la posibilidad de deducir las pérdidas por juego en bingos y casinos.

Los técnicos de la Agencia Tributaria recuerdan que las comunidades autónomas tienen transferida la capacidad de aprobar deducciones especiales en materias tales como el alquiler de vivienda habitual o de realizar cambios en los tipos del IRPF, por lo que conviene estar al tanto de las peculiaridades de cada región.

Uno de los aspectos más complicados para cualquier declarante es el cálculo de las ganancias y pérdidas patrimoniales, ya que hay que manejar muchos documentos y realizar decenas de cálculos para conocer lo que se ha ganado o perdido.

[Relacionado: Sigue todas las novedades de la renta en nuestro Especial]

Por ejemplo, para calcular los cambios patrimoniales derivados de la venta de un inmueble, es necesario conservar la escritura con el precio de compra, incluyendo todos los documentos con los gastos de la compra, gastos de comunidad, derramas, hipotecas, etc. 

Si además el contribuyente ha solicitado una hipoteca en multidivisa (yenes o francos suizos son los valores más comunes), hay que tener en cuenta las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la diferencia en el cambio de las divisas. Efectivamente, las letras se abonan en euros, pero aplicando el tipo de cambio de la moneda en que se contrajo la deuda.

[Más: ¿Estoy obligado a declarar?]

Con las acciones sucede algo similar a lo indicado en la venta de inmuebles. Por ejemplo, un contribuyente que ha comprado acciones de varias empresas durante el año y que ha vendido valores adquiridos en distintos ejercicios deberá conservar toda la información referente a precios de compra, venta, comisiones por operaciones, custodia, etc., a fin de poder efectuar una liquidación correcta.

Además, deberá tener en cuenta que, salvo indicación en contra, cada vez que haya vendido valores, su banco habrá liquidado primero las que primero compró. Conviene recordar que las minusvalías (pérdidas) del ejercicio se pueden compensar con plusvalías del mismo año o con las ganancias que se obtengan en los cuatro próximos ejercicios. 

Otro aspecto que produce verdaderos quebraderos de cabeza es cuando la empresa abona a sus asalariados atrasos de la nómina. En tal situación y por pequeña que sea la cantidad percibida, hay que realizar una declaración complementaria del año/años sobre los que se hayan percibido atrasos.
Las declaraciones de Rentas de las personas que desarrollan una actividad económica (antes, actividades profesionales) también resultan particularmente complejas porque en cada uno de los apartados hay que detallar los gastos correspondientes al pago de cuotas de Seguridad Social, suministros, sueldos, amortizaciones, provisiones y, en general, de todas las partidas de ingresos y gastos percibidos, con sus correspondientes justificantes.

En términos más generales, las personas que hayan realizado aportaciones a planes de pensiones deben revisar con detenimiento su declaración, sobre todo porque en este ejercicio fiscal han aumentado los impuestos sobre la renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo de los ingresos.

En este marco, las aportaciones a planes de pensión se han convertido en una de las pocas herramientas de  ahorro fiscal (entre un 24,75% y un 52% de la inversión realizada), y no sólo en una forma de garantizarse unos ingresos tras la jubilación. Para los contribuyentes que residen en Andalucía y Cataluña, la deducción llega hasta al 56%. 2012 fue el último año para aplicarse deducciones por la adquisición de vivienda habitual. Si compraste una casa a lo largo del año, tienes derecho a deducción.

Si adelantaste algún dinero para su construcción durante ese año, sin llegar a formalizar la compra, no podrás aplicarte la bonificación correspondiente, ya que las condiciones para deducir son que la vivienda esté entregada y escriturada a tu nombre. 

Sin embargo, si en 2012 vendiste tu vivienda habitual, deberás tributar entre el 21% y el 27% por las plusvalías obtenidas. Este impuesto queda neutralizado si posteriormente utilizaste el dinero para comprar otra vivienda habitual. En caso de que el precio abonado por la nueva casa fuera mayor (como suele ser habitual), podrás aplicarte deducción por la diferencia; si fue más bajo, tendrás que pagar por la plusvalía.

lunes, 22 de abril de 2013

SAREB (SOCIEDAD DE GESTION DE ACTIVOS PROCEDENTES DE LA REESTRUCTURACIÓN BANCARIA)


Stock de la Sareb

En total, la Sareb dispone de 107.000 activos inmobiliarios, de los que 76.000 son viviendas vacías acabadas, algo más de 3.000 son viviendas en construcción, 6.300 están en alquiler y 14.900 unidades corresponden a suelo.

Previsiones de venta

Según la propia presidenta, durante los cinco primeros años la Sareb tiene previsto vender casi la mitad de su cartera de viviendas, lo que se traduce en unas 42.500 unidades.

Alquiler

El Plan de Negocio también contempla que una parte de las viviendas de la Sareb sean destinadas al alquiler. De hecho, el alquiler será un “instrumento significativo” para lograr el objetivo de lograr la rentabilidad del la sociedad, según palabras de Romana.  

Destinatarios

Tanto la venta como el alquiler tienen como destinatarios no sólo los grandes inversores, sino también a particulares que se interesen por comprar una vivienda.
 
La Sareb se ha dado un plazo de 15 años para vender su stock.

Pérdidas y beneficios

Durante la presentación del plan,  Walter de Luna, director de la Sareb, comentó que se prevén pérdidas únicamente durante el primer ejercicio, es decir durante este año. “En algunos escenarios se pueden producir pérdidas no significativas que no afectarán a la rentabilidad”.

Rentabilidad

El proyecto de negocio establece una rentabilidad anual media para los accionistas de entre el 13% y el 14%.  Esta rentabilidad será tanto para los accionistas privados como para el Estado.

Devolver la deuda

La Sareb también tiene previsto el repago del 49,9 % de su deuda subordinada, que asciende a 3.600 millones, y una reducción del 44% de su balance, que es de unos 55.000 millones.

Lo que no se dijo en la presentación del plan

-Hace unos días, El Confidencial publicaba que la Sareb pretende alargar los contratos que tiene con la banca nacionalizada. En este momento, estos vencen a cierre de este año 2013, aunque son renovables. Pero como Bankia y Catalunya Banc han puesto a la venta sus gestoras de inmuebles, el plan es alargar el plazo para incrementar el valor de esas unidades, según han explicado fuentes financieras conocedoras de estos movimientos.

-Días después de la presentación del plan de negocio, aparecía en los medios la noticia de que la Sareb no sólo cerrará con pérdidas netas su primer año, sino que también lo hará en 2018.

-Tras la reciente aprobación del Certificiado Energético para las viviendas, la Sareb ha analizado el impacto que éste tendrá en sus activos. La sociedad, sin embargo, tiene claro que cumplirá “escrupulosamente” la normativa, según publica Voz Populi. De este modo, la Sareb se verá obligada a realizar un importante desembolso, de unos cuantos millones de euros, para etiquetar sus pisos con el futuro distintivo, que irá de la “A” a la “G”, en función de la eficiencia energética del inmueble.

Incógnitas

A pesar de todo esto, el proyecto de negocio de la Sareb aún despierta muchas incógnitas ¿Cómo se gestionará el alquiler? ¿Dónde están situadas la viviendas de la Sareb? ¿Qué pasará si no se cumplen las previsiones anunciadas? Habrá que estar atento a los próximos movimientos de la Sareb.

 

jueves, 18 de abril de 2013

Las ayudas a las fincas de la duquesa en salamanca

La Política Agraria Común supuso a la Casa de Alba, a través de su empresa Agralsa SA, casi 900.000 euros según el último informe publicado, correspondiente al año 2011, hecho público por el Fondo Español de Garantía Agraria. La empresa Agralsa, que gestiona las seis fincas de la Duquesa de Alba y sus hijos en Salamanca, concretamente en los municipios de Pedrosillo, Castillejo de Martín Viejo, Pedraza de Alba, Larrodrigo y Calzada de Don Diego, donde tiene dos explotaciones.